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13 marzo, 2024

Recuerdo que cuando tuve mi primer trabajo y me contaron sobre este seguro yo también tuve esta duda. Pero ahora, con el tiempo transcurrido, puedo contarte en qué consiste con mayor detalle.

El Seguro de Vida Ley fue creado por el Decreto Legislativo N° 688. Se trata de un seguro que en el Perú debe contratar de forma obligatoria un empleador para cubrir a su trabajador desde el primer día que inicia labores, independientemente del régimen laboral en que se encuentre si se trata del sector privado. Y respondiendo a tu pregunta, este seguro lo cubre las 24 horas, tanto dentro como fuera del trabajo, en casos de muerte natural, accidental o por invalidez permanente.

En los casos de invalidez o muerte accidental, la compañía aseguradora paga el equivalente a 32 meses de sueldo; y si ocurre una muerte natural este monto será de 16 remuneraciones mensuales.  En cualquiera de estas situaciones, los beneficiarios de la indemnización son los hijos y cónyuges; si nos los hubiera se considera como beneficiarios a los padres del trabajador y a sus hermanos menores de 18 años.

Toma en cuenta que el trabajador asegurado debe entregar a su empleador una Declaración Jurada de Beneficiarios, que además debe contener su firma legalizada, ya que este será el principal documento que se requerirá para cobrar la indemnización.

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